Micelio
Auto13 de diciembre de 2005

A- de 2005

Ponente Jaime Córdoba Triviño

✓Demandante Norman Alban Hurtado Y Otros

✓
Tema · dato duro
Solicitud Aclaración De La Sentencia Su-1023/01. La Corte Constitucional No Tiene Competencia Para Absolver Consultas Que Formulen Los Ciudadanos, Dado Que Su Funcion Es Jurisdiccional Y No Consultiva, Asi Como Tampoco Aclara La Sentencias Que Profiere. Rechazada
01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Sentencia De La Corte Constitucional
  • Improcedencia de aclaración o adición
Corte Constitucional
  • Incompetencia para absolver consultas que formulen los ciudadanos
  • Incompetencia para aclarar sentencias que profiere
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Rechazar la solicitud de aclaración de la Sentencia SU-1023 de 2001 de los ciudadanos Norman Alban Hurtado, Jorge Estupiñán Mosquera, Juan Herrera Santelices y Víctor Hugo Rivas.
  2. Segundo. Informar a los solicitantes que contra el presente auto no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.